Fiesta en honor de la colaboración nazi - fascista. Málaga 1939

Fiesta en honor de la colaboración nazi – fascista. Málaga, 29 de abril de 1939. Foto: Archivo Temboury

Gitana

 

Falta agora, para que España quede limpia, que se haga otro tanto de los Gitanos, que hay para ello muy viuas, y apretadas razones: yo lo prueuo en vn memorial que tengo ordenado a este propósito. Allí se verá, que es muy escrupuloso tolerar gente tan perniciosa, perjudicial y perversa.

El texto lo firma Pedro Salazar de Mendoza 1618; se encuentra en Orígen de las dignidades seglares de Castilla y León. Con relación sumaria de los Reyes de estos Reynos: de sus actiones: casamientos: hijos: muertes: sepulturas. De los que las han creado y tenido de muchos Ricos Homes, confirmadores de privilegios &c. Para el Príncipe de España don Felipe nuestro señor. Fechado en 1618, el autor se refiere a la expulsión ,considerada como definitiva, de los moriscos españoles llevada a cabo, por orden de Felipe III, entre 1609 y 1613.

1 noviembre 1570, festividad de todos los santos, se hace pública la Orden General de Expulsión de todos los moriscos del reino de Granada:

La ejecución de la saca comenzó el día de Todos los Santos de 1570. En cada pueblo los moriscos fueron encerrados en la iglesia u otro edificio de gran tamaño, y, de allí, un capitán con doscientos soldados, veinte caballos y un comisario, los sacaba en escuadras de a mil quinientos.

(Los moriscos del reino de Granada)

…todas las culturas llevan en sí el germen de una belicosidad y una agresividad ilimitadas, en especial cuando esa potencialidad se dirige contra los «demonios» extranjeros que parecen estar amenazando «nuestro» equilibrio interno (…)Los enemigos externos -los bárbaros- proporcionan una solución fácil para el estancamiento, para la falta de creatividad, pues es más fácil excluir y defenderse que innovar y recapacitar. Se puede, así, elaborar un discurso sobre la maldad de los «enemigos» y dedicar mucho tiempo a atacarlos y a encomiarse a uno mismo.

(Cultura, Identidad e Historia)

Los intentos de supresión del otro, tengan lugar ya sea mediante su aniquilamiento o su expulsión o su marginación, siempre vienen precedidos y acompañados por un arropamiento ideológico de estigmatización, cuya función es la de posibilitar la comisión de unos actos que, de otro modo -sin ese soporte ideológico justificador- nos serían completamente repugnantes.

Un ejemplo de esto sería la permanente campaña de difamación que precede, prepara y acompaña, justificándola, a la expulsión de los moriscos:

Fray Marcos de Guadalajara, en Memorable expulsión y justissimo destierro de los Moriscos de España (1613) escribe «que siendo éstos generalmente codiciosos y auarientos, y atentissimos a guardar dinero, y retenerlo, sin gastarlo, aunque se les ofrezca necessidad precisa, han escogido los oficios y ministerios más acomodados para adinerarse».

Pedro Aznar Cardona, en Expulsión iustificada de los moriscos españoles, y suma de las excellencias Christianas de nuestro Rey Don Felipe el Catholico Tercero deste nombre (1612) » Su intento era crecer y multiplicarse en número como las malas yerbas, y verdaderamente que se auían dado tan buena maña en España que ya no cabían en sus barrios ni lugares, antes ocupaban lo restante y lo cantaminavan todo…Y multiplicáuanse en estremo, porque ninguno dexaua de contraer matrimonio, y porque ninguno seguía el estado anexo a esterilidad de generación carnal, poniéndose Frayle, ni Clérigo, ni Monja, ni auía continente alguno entre ellos hombre ni mujer, señal clara de su aborrecimiento con la vida honesta y casta».

En El coloquio de los perros, Cervantes escribe sobre los moriscos: «Róbannos a pie quedo, y con los frutos de nuestras propias heredades, que nos revenden, se hacen ricos, dejándonos a nosotros pobres».

Las acusaciones de avaros acaparadores, de ladrones, de prolíficos, se repetirán a lo largo de la historia contra el chivo expiatorio al que se señala como culpable de los males de una comunidad, sea el morisco, el judío, el gitano, el musulmán en Serbia, el serbio en Bosnia,…demonizar, marginar, perseguir, en un proceso de violencia progresivamente creciente.

La expulsión de los moriscos del Albaicín, el 23 de junio de 1568 (en la que muchos fueron robados, muertos o hechos cautivos) tiene lugar dos años después de la pragmática del 17 de noviembre de 1566, por la que Felipe II ordenaba:

I. Prohibir hablar, leer, y escribir en arábigo en un plazo de tres años.

II. Anular los contratos que se hicieran en aquella lengua.

III. Que los libros escritos en ella, que poseyeron los moriscos, fueran presentados en un plazo de treinta días al presidente de la Chancillería de Granada, y que, una vez examinados, se devolvieran los que no tuvieran inconveniente en poseer personas creyentes para que sus propietarios los poseyeran otros tres años.

IV. Que los moriscos se vistieran a la castellana, no haciéndose «marlotas», «almalafas» ni calzas, y que sus mujeres fueran con las caras destapadas.

V. Que en las bodas, velaciones y fiestas semejantes siguieran las costumbres cristianas, abriendo ventanas y puertas, sin hacer zambras, ni leilas, con instrumentos y cantares moriscos, aunque estos no fueran contrarios al Cristianismo.

VI. Que no celebraran el viernes.

VII: Que no usasen nombres y sobrenombres de moros.

VIII. Que las mujeres no se alheñasen.

IX. Que no se bañaran en baños artificiales y que los existentes se destruyeran.

X. Que se expulsase a los «gacis» y que los moriscos no tuvieran esclavos de ese linaje.

XI. Que se revisasen las licencias para poseer esclavos negros.

(Los moriscos del reino de Granada)

 

Por lo que respecta a las leyes contra los gitanos (que se remontan a 1499, año en que los Reyes Católicos firman, en Medina del Campo la más antigua disposición conocida contra los gitanos tomada en un Estado moderno, ordenando la expulsión de quienes no tomen domicilio fijo y sirvan a los amos de la tierra), la mejor conocida data del 19 de septiembre de 1883. Se trata de la Pragmática Sanción de Carlos III, dada en San Ildefonso, y constituye la última dentro de la legislación específicamente antigitana. Consta de 44 artículos, entre ellos, los siguientes:

«Declaro que los que se llaman y dicen gitanos, no lo son por origen ni por naturaleza, ni provienen de raíz infecta alguna».

«Por tanto mando que ellos y cualquiera de ellos no usen lengua, traje y método de vida vagante de que hayan usado hasta el presente, bajo las penas abajo contenidas».

«Prohibo a todos mis Vasallos de cualquier estado, clase y condición que sean, que se llamen o nombren a los referidos con las voces de gitanos, o castellanos nuevos, bajo las penas de los que injurian a otros de palabra, o por escrito».

«Para mayor olvido de estas voces injuriosas y falsas, quiero que se tilden y borren de cualesquiera documentos en que se hubiesen puesto, opusiesen. Ejecutándose de oficio y a la simple instancia de la parte que lo señalare».

«Es mi voluntad que los que abandonaren aquel método de vida, traje, lengua o jerigonza sean admitidos a cualesquiera oficios, o destinos a que se aplicaren, como también en cualesquiera gremios, o comunidades, sin que se les ponga, o admita en juicio, ni fuera de él obstáculo ni contradición con ese pretexto.»

«Concedo el término de noventa días, contados desde la publicación de esta leyen cada cabeza de partido, para que todos los vagamundos de esta y cualquier clase que sean se retiren a los pueblos de los domicilios que eligieren, excepto por ahora la Corte y Sitios Reales, y abandonando el traje, lengua y modales de los llamados gitanos, se apliquen a oficio, ejercicio, u ocupación honesta sin distinción de labranza o artes.»

«Pasados los noventa días procederán las justicias contra los inobedientes en esta forma: A los que habiendo dejado el traje, nombre, lengua, o jerigonza, unión y modales de gitanos, hubieren además elegido y fijado domicilio, pero dentro de él no se hubieren aplicado a oficio, ni a otra ocupación, aunque no se amás que la de jornaleros, o peones de obras. Se les considerará como Vagos, y serán aprehendidos y destinados como tales, según la Ordenanza de estos, sin distinción de los demás Vasallos».

(Chabolismo gitano en Málaga)

 

No deja de ser llamativo el proceso por el cual la persecución de un grupo hasta su exterminio (ya sea físicamente -mediante su muerte o su expulsión -, ya se produzca mediante su asimilación, hasta su total disolución, dentro de la comunidad dominante) suele acompañarse de un discurso idealizador de determinadas características culturales atribuidas a ese grupo maldito.

Este fenómeno tiene lugar en el caso del prototipo idealizado del gitano, del cual admiramos, queremos y tomamos sus vestidos, sus canciones, su imagen, su leyenda, el aura romántica de las evocaciones que suscita su nombre… pero no al gitano real, a quien hemos conseguido alienar de su propia denominación: un traje de gitana o incluso (como se alude a una mujer vestida de ese modo) «una gitana», son imágenes ajenas al control de los propios gitanos.

Este proceso de enajenación se reproduce con (o, más bien, contra) otros elementos sociales marginales, privados de voz propia, sobre los que se construye una imagen folklórica y romántica que contribuye a enmascarar y falsear las condiciones de su situación real.